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Archivo de la categoría ‘Legislación’

¿Se puede pagar la hipoteca entregando la vivienda al banco?

Como precedente a finales del año 2010 un fallo por parte de la Audiencia Provincial de Navarra  tomó la decisión a través de un dictamen judicial que permite entregar la vivienda a su banco como medida para saldar su deuda hipotecaria, más allá de que la vivienda hubiera perdido su valor.

Este fallo puede ser visto como justo por parte de los hipotecados, pero la situación preocupa y mucho del otro lado, sobretodo en momentos en que cajas y bancos viven un proceso de reordenamiento a través de fusiones. Además el fallo destaca a las cajas y bancos como las responsables de la crisis y que no es justo para la otra parte que pretendan hacerse de una diferencia valiéndose del argumento de la depreciación de la vivienda y proseguir con la ejecución.

En la legislación vigente dice que si no puede pagarse la hipoteca, la vivienda será entregada al banco para subasta y la diferencia entre el valor de la hipoteca y lo obtenido en subasta, deberá abonarlo el hipotecado. Siempre con la premisa que los inmuebles por el desgaste van perdiendo valor, pero no siempre es así.

El auto que sobreviene de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, deja atrás el recurso presentado por el BBVA en contra de la sentencia anterior de parte del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Estella, el que ya había fallado a favor del hipotecado.
En vista de esto desde hace meses se viene debatiendo la posibilidad de la dación en pago del inmueble, algo que el gobierno rechaza y ahora la OCU ve una luz en este auto, al que define como “pionero”.

Pero con este fallo sobre saldar la hipoteca con la subasta de la vivienda, los perjudicados irónicamente serían las cajas y bancos, debido a que una familia que posea una vivienda que haya sido adquirida en medio de la burbuja inmobiliaria, de hacer las cuentas el resultado podría llevarles a que la vivienda adquirida en hipoteca ha ganada actualmente un 30% de valor, por lo tanto entregarla podría ser una solución a la difícil situación de afrontar su pago mensualmente. Igualmente esta posibilidad si bien económicamente puede ser significativa, si alguien entrega el inmueble hipotecado para aprovechar la suba del valor, hay que ver donde vivirán quienes lo hagan.

Por otro lado se planteará ahora la situación de cómo están valuadas las hipotecas en los libros de las entidades, ya que si los cambios de valores de mercado de los inmuebles son significativos, los mismos deberían verse reflejados en los registros de las mismas.
El auto cae tal vez en el momento menos oportuno desde el punto de vista del gobierno, que no esperaba hacer modificaciones en este tema, pero si los fallos se multiplican habrá que repensar la legislación.

 Visto en: www.finanzzas.com

El paso de la miseria hipotecaria

 ”Hay siete millones de hipotecas que, si el banco no refinancia, van a caer”, dice el presidente de CreditServices

Los intermediarios rechazan cualquier responsabilidad: “Al bróker no le importa la solvencia del cliente”

“Hay un engaño masivo, hay ánimo de lucro y perjudicados. Son los elementos de una estafa”, asegura un abogado

“Nadie puede ocultar lo que está pasando”, dice un funcionario de un juzgado especializado en hipotecas de Madrid

Un reportaje de El País que explica cómo se concedían hipotecas a gente que no podía pagarlas en la época de las vacas gordas. El objetivo era colocar hipotecas, sin importar si se podían pagar o no, ya que la vivienda subía y al final el banco no podía perder. Hasta que las viviendas dejaron de subir. Y ahora los bancos tienen un problema, y no hablemos de las personas a las que les fueron concedidas dichas hipotecas.

Tenemos un problema, la vivienda, que ha salpicado a un sector fundamental, el bancario, y a mucha gente que se embarcó en algo que no deberían haberse metido nunca. Además estamos viendo que las ventas repuntan sólo si hay correcciones de precios.  Habrá una correlación entre bajadas de precios y número de ventas. La salida está clara. Si las correcciones de precio son lentas, tendremos problemas mucho tiempo. Si la corrección es rápida, la salida estará más cerca. Leer el resto de esta entrada »

Ejecución hipotecaria y como pararla

Cuando no se pagan entre tres y seis cuotas, el banco inicia un proceso de ejecución hipotecaria con el que ya no te  reclaman las mensualidades atrasadas sino que te pueden pedir el total de la hipoteca a un interés muy alto, que ronda entre 20% y el 25%.

Si dejas de pagar las cuotas los intereses aumentarán tanto la deuda que al final la venta de la casa no podrá cubrirla. Al dejar en manos del banco el remate de la casa, nos exponemos a un tiempo de espera de al menos ocho meses durante los cuales nuestra deuda va a ir aumentando.

Por ello antes de arriesgarse a una ejecución hipotecaria es mejor contemplar otras posibilidades como arrendar la vivienda, hacer una prolongación de la hipoteca, una reunificación de créditos, etc.

Si queremos parar la ejecución de la hipoteca, aunque la reclamación del préstamo total esté en vía judicial, podemos parar este procedimiento pagando sólo las cuotas impagadas más los intereses y costas, siempre que el inmueble sea nuestra vivienda habitual. Después de realizar los pagos la situación se normaliza con la entidad bancaria y deberemos seguir pagando las cuotas con normalidad.

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Asegurar tu casa ante siniestros

Algunos consejos para asegurar tu casa ante siniestros  que han dejado a muchas personas sin su patrimonio…

1. Busca un agente confiable: debe contar con la experiencia suficiente para disipar todas tus dudas, explicarte las coberturas y encontrar el mejor producto que cubra tus necesidades.

2. Documenta tus pertenencias: Haz un inventario, conserva una copia y da otra a la aseguradora. Es recomendable hacerlo habitación por habitación.

3. Declara la verdad: no omitas datos importantes e informa a la compañía la situación real de tu vivienda, los materiales de construcción, los niveles y uso que se le da.

4. Asegura el valor correcto: así asegurarás el pago adecuado, además si es menor no te alcanzará para resarcir el daño y si es de más no se podrá comprobar y podrás no recibir la compensación.

5. Cubre los riesgos que necesitas: si vives en una zona sísmica baja no tiene sentido que contrates ese rubro, contrata por contenidos de acuerdo a tus necesidades.

6. Verifica: que toda la información contenida en la póliza sea correcta y vigente.

7. Resguarda los documentos importantes: saca varias copias de tu póliza y distribúyelas en lugares seguros, junto con las escrituras, fotografías y lista del inventario.

8. Reporta el siniestro a tu aseguradora: a más tardar dentro de las 24 horas siguientes. Se debe tener la póliza vigente. Un ajustador acudirá a la vivienda y evaluará el riesgo y la responsabilidad, así como el monto que resarcirá el daño.

9. No intentes cobrar un daño que ya estaba antes: de que ocurriera el siniestro, pues podrías perder la protección contratada.

¿Qué hacer si sufrimos un siniestro en nuestro hogar?

Debemos tener presente que cuando se sufre un siniestro en nuestro hogar, se tienen que cumplir ciertas pautas para que la aseguradora se haga responsable de cubrir los daños ocasionados.

1)    Debemos avisar primero a la policía y luego a la aseguradora correspondiente.

2)    No tocar nada, ni ordenar, para que la inspección se realice sobre las condiciones reales en la que quedó la vivienda luego del siniestro.

3)    Si no se llega a un acuerdo con la aseguradora se deberá contratar un perito por cada parte, donde se abonarán los costos de forma individual y si aún persiste la diferencia un tercer perito se contratara con gastos compartidos.

4)    En el caso de que la compañía haya quebrado, debes hacer la reclamación ante la Comisión Liquidadora, aportando todos tus datos personales, el número de póliza y fecha de vigencia de la misma, una copia del recibo abonado y una copia de tu DNI.

Hacienda y las tasaciones al alza

Un piso comprado como un ‘chollo’ en un subasta, recibido como una donación o como una herencia puede salirte caro. En muchos casos, Hacienda puede valorarlo por encima del precio de compra y cobrarte más por él fiscalmente. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierte que el fisco puede darle a tu vivienda un valor catastral mayor que el de la compra, esto es, tasar el inmueble por encima del valor de su adquisición en el registro administrativo del Estado. La OCU explica que esto suele ocurrir en casos donde el vendedor ha permitido una rebaja importante para agilizar la venta o el comprador lo ha adquirido en una subasta.

Aunque el contribuyente declare el precio de la vivienda con el valor de compra, la Agencia Tributaria puede ponerse a comprobar por su cuenta el valor del inmueble y exigir una retribución según sus propios cálculos. Ante estos casos, OCU aconseja “tener cuidado” con la tasación hipotecaria, ya que si es superior a la de la compra declarada en la escritura puede dar pie a una comprobación de valores por parte de Hacienda. Asimismo, recomienda justificar el precio bajo de la adquisición del inmueble y reservarse el derecho a realizar un tasación pericial al margen de la realizada por Administración.

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